viernes, 6 de octubre de 2017

Lo que todo emprendedor debe saber sobre la recategorización automática de AFIP


En Argentina la gran mayoría de los emprendedores está inscripto en el régimen de monotributo. De acuerdo con el volumen anual de facturación varía la categoría en la cual cada contribuyente debe aportar. Durante todo el año hubo una gran carga de información en los medios nacionales sobre las medidas que el gobierno tomaría respecto a la situación impositiva de los monotributistas. Es frecuente que estos temas sean confuson para los pequeños productores. También es cierto que los grandes estudios contables prefieren evitar llevar adelante las cuentas de quienes gestionan microemprendimientos. Por otra parte, hay una presunción colectiva sobre la falta de medidas que favorezcan a los emprendedores. Pues bien, desde #HaceloPosible nos proponemos brindar información clara y concisa para quienes están en el camino de construir los propio. Puede resultar engorroso, pero a medida que la AFIP lance nuevas notificaciones, iremos brindando datos al respecto. Para ello contamos con el asesoramiento de expertos en el tema.




¿En qué consiste la recategorización automática o recategorización de oficio?

AFIP estableció de forma escalonada, y ya es obligatorio para todo los monotributistas, el sistema de facturación electrónico. A diferencia del antiguo modelo de talonarios manuales, ahora con un usuario y clave, los comprobantes se emiten a través del sitio web de la Administración. Esta es la columna vertebral del sistema de soportes informáticos. El resto tiene que ver con las estructuras bancarias digitales. Cada entidad posee información de sus clientes en relación a las operaciones realizadas vía home bancking: Transferencias recibidas, transferencias realizadas, depósitos, pagos a terceros, gastos con tarjeta de débito, gastos con tarjeta de crédito, etc.

El proceso a través del cual la recategorización automática, o recategorización de oficio, se llevará a cabo es un cruce de información entre los ingresos y los egresos de los contribuyentes. Esto significa, verificar una coherencia entre lo facturado, registrado en la web de AFIP, y lo gastado según se verifica en los sistemas bancarios. A la fecha, casi no quedan talonarios manuales en circulación, con lo cual el dinero ingresado sin facturas que lo justifiquen es visto por el Estado como "dinero en negro".

Este proyecto tiene mucho tiempo de gestación, incluso las bases fueron sentadas antes de la asunción del actual gobierno. Fue la gestión actual quien toma el peso político de la implementación de hecho sobre toda la escala de contribuyentes. El gran paso fue la factura electrónica que dejó casi anuladas las posibilidades de evasión, tanto para pequeños como para grandes aportantes. Es importante remarcar que quien se inscribe al régimen de monotributo declara un tope de facturación anual y, en base a ese monto expresado, es el valor de lo que abona por mes en concepto de impuestos. Cabe recordar, cada monotributista que abona su cuota mensual en tiempo y forma tiene derecho a cobertura médica y asistencial (obra social) y que la misma puede ser elegida y no sorteada. También se accede de este modo a los aportes jubilatorios reglamentarios para su futuro retiro.




La actualización de categoría que hacen los contadores, como por ejemplo la que se hizo durante el último mes de septiembre, se efectúa en base a los siguientes datos: Gastos anuales con tarjeta de crédito y débito, ingresos de cuentas bancarias y facturación. Así se determina la categoría correcta. Los importes no bancarizados, que no fueron transferidos de otras cuentas ni registrados como ventas o servicios facturados, no cuentan en esta evaluación ni son considerados evasión fiscal.

Fernanda Santágata

Asesoramiento impositivo: Laura Bértola - laura.bertola@hotmail.com

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